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Albelda de Iregua (La Rioja) cambia suelo residencial a industrial en el polígono 13: nuevo sector de Lontana, más de 90.000 m²

El Gobierno de La Rioja formula informe ambiental estratégico favorable a la Modificación Puntual del PGM de Albelda de Iregua que reclasifica a industrial las parcelas 407, 408, 435, 442 y 443 del polígono 13, promovida por Lontana, S.A.; las cinco parcelas suman más de 90.000 m² según el Catastro.

Equipo UNITNAVEPublicado el 15 octubre, 20265 min de lectura
Albelda de Iregua (La Rioja) cambia suelo residencial a industrial en el polígono 13: nuevo sector de Lontana, más de 90.000 m²
Ortofoto PNOA CC-BY 4.0 © IGN sobre modelo de relieve. Vista aérea en perspectiva con las 5 parcelas reales (407, 408, 435, 442 y 443 del polígono 13 de Albelda de Iregua) trazadas a partir de la geometría catastral verificada.

La Dirección General de Calidad Ambiental, Cambio Climático y Agua del Gobierno de La Rioja ha formulado informe ambiental estratégico favorable a la Modificación Puntual del Plan General Municipal de Albelda de Iregua que delimita un nuevo sector de suelo urbanizable industrial y cambia el uso de residencial a industrial en las parcelas 407, 408, 435, 442 y 443 del polígono 13. El promotor es Lontana, S.A. Las cinco parcelas, con geometría catastral verificada, suman más de 90.000 m².

Dónde se sitúa

El ámbito está en el paraje El Renal, en el polígono 13 del término municipal de Albelda de Iregua (La Rioja), junto a la carretera que atraviesa el municipio y próximo a suelo urbano residencial existente. Dos de las cinco parcelas ya tienen almacenes construidos con uso de industria fabril.

RC14PolígonoParcelaUso actualSuperficie
26005A0130040713407Agrario (labor-tierra arable)30.676 m²
26005A0130040813408Agrario, con almacén de industria fabril construido9.982 m²
26005A0130043513435Agrario27.958 m²
26005A0130044213442Agrario, con almacén de industria fabril construido2.782 m²
26005A0130044313443Agrario19.191 m²
Total90.589 m²

La superficie de cada parcela procede de la geometría catastral verificada por consulta OVC del Catastro (sede electrónica); el expediente de la Dirección General de Calidad Ambiental no publica una superficie total del sector.

El proyecto

La Modificación Puntual tiene por objeto, según la documentación del promotor, hacer posible la localización de actividades económicas en estas cinco parcelas, mediante la delimitación de un sector de suelo urbanizable y el cambio de uso de residencial a industrial. El expediente se ha tramitado por el procedimiento de evaluación ambiental estratégica simplificada, al tratarse de una modificación menor del PGM vigente.

Qué dice el informe ambiental

El órgano ambiental concluye que la actuación no supondrá efectos ambientales significativos que obliguen a tramitar una evaluación ambiental estratégica ordinaria, siempre que se cumplan las medidas correctoras fijadas en la resolución: zonificación acústica específica para suelo industrial (niveles Ld/Le de 75 dB y Ln de 65 dB), gestión de residuos de obra, protección frente a interferencias con líneas eléctricas y canalizaciones de gas, y un estudio de accesos y tráfico al sector.

En el trámite de consultas, la Demarcación de Carreteras del Estado en La Rioja informó inicialmente desfavorable (9 de abril de 2026); tras documentación complementaria del promotor, el 5 de octubre de 2026 ese mismo organismo informó con condiciones, pendientes de incorporar al proyecto antes de la aprobación definitiva. La Dirección General de Aviación Civil no apreció afección a servidumbres aeronáuticas. El resto de informes sectoriales recibidos —Medio Natural y Paisaje, Emergencias y Protección Civil, Educación y Cultura— son favorables o sin objeciones.

El informe señala también aspectos urbanísticos pendientes de completar antes de la aprobación definitiva: justificar que la modificación no constituye un supuesto de revisión del PGM, valorar la afección a los suelos no urbanizables de protección del paisaje próximos y a los suelos urbanos residenciales colindantes, y acreditar el cumplimiento de la normativa de accesibilidad y de perspectiva de género.

Qué viene ahora

El informe ambiental estratégico es un trámite previo y preceptivo, no la aprobación de la Modificación Puntual: corresponde ahora al Ayuntamiento de Albelda de Iregua, como órgano sustantivo, continuar la tramitación urbanística —incorporando las condiciones fijadas— hasta su aprobación definitiva, con el trámite de información pública correspondiente. El informe ambiental estratégico caduca si, transcurridos cuatro años desde su publicación, la Modificación Puntual no ha sido aprobada definitivamente.

El sector puede consultarse, junto al resto de suelo industrial y planeamiento urbanístico en tramitación en España, en UNITMAPA.

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Fuentes


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Este artículo ha sido elaborado con apoyo de herramientas de inteligencia artificial y revisado y editado por el equipo de UNITNAVE.

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