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Expropiación forzosa definitiva del ámbito Rayo-Mercadín en Oviedo (Asturias): 19 parcelas y 22 referencias catastrales

El Ayuntamiento de Oviedo aprueba definitivamente la expropiación forzosa de 19 parcelas del ámbito urbanizable Rayo-Mercadín, en los barrios de El Rayo, El Mercado y El Mercadín, tras resolver las alegaciones: 22 referencias catastrales identificadas.

Equipo UNITNAVEPublicado el 29 octubre, 20264 min de lectura
Expropiación forzosa definitiva del ámbito Rayo-Mercadín en Oviedo (Asturias): 19 parcelas y 22 referencias catastrales
Ortofoto PNOA CC-BY 4.0 © IGN. Vista aérea en perspectiva con las 22 parcelas reales (geometría WFS INSPIRE Catastro) del ámbito urbanizable Rayo-Mercadín, Oviedo, afectadas por la expropiación forzosa definitiva (BOPA nº210, 29/10/2026); falta la parcela 28-II, sin referencia catastral consignada en el anuncio.

La Junta de Gobierno Local de Oviedo aprobó el 9 de octubre de 2026 la expropiación forzosa definitiva de 19 parcelas situadas en el ámbito urbanizable Rayo-Mercadín, en los barrios de El Rayo, El Mercado y El Mercadín, tras resolver las alegaciones presentadas al expediente. El acuerdo se publica en el Boletín Oficial del Principado de Asturias nº210 del 29 de octubre (Cód. 2026-08599), dentro del expediente 1100-0088 2019/9, abierto en 2019.

Dónde se sitúa

El ámbito se extiende por los barrios de El Rayo, El Mercado y El Mercadín, en Oviedo, en una zona de transición entre tejido urbano consolidado y suelo todavía sin desarrollar. Las parcelas afectadas, de numeración discontinua dentro del expediente (nº 6, 9, 16, 20, 23, 28-I, 28-II, 29, 35, 41/42, 43, 44, 52, 53, 56 bis, 57, 58, 59, 68, 78 y 79), mezclan fincas urbanas y rústicas de pequeño tamaño, con usos predominantes residenciales y de almacén: el anuncio detalla, por ejemplo, la parcela nº 6 como un almacén de 58 m² y la nº 53 como una finca de uso residencial de 241 m² de suelo con 74 m² construidos.

De las 19 parcelas, 18 cuentan con referencia catastral completa en el anuncio, que suman 22 referencias catastrales (varias parcelas del expediente agrupan más de una finca registral con RC propia). Solo la parcela nº 28-II queda sin referencia catastral consignada, identificada únicamente por su finca registral (11.878).

Nº ordenReferencia catastral
10754512TP7005S0001AR
20754511TP7005S0001WR
30754501TP7005S0001IR
40754521TP7005S0001LR
50754510TP7005S0001HR
60754507TP7005S0001HR
70754506TP7005S0001UR
833900A025102230000WZ
933900A025002220000WM
100954011TP7005S0001SR
110954010TP7005S0001ER
120954009TP7005S0001ZR
130954008TP7005S0001SR
140954003TP7005S0001DR
150954002TP7005S0001RR
160954204TP7005S0001UR
170954202TP7005S0001SR
180953404TP7005S0001PR
190953413TP7005S0001KR
200953410TP7005S0001FR
210953801TP7005S0001XR
220953802TP7005S0001IR

Todas las referencias de la tabla tienen geometría real localizada en el Catastro y pueden consultarse en el mapa catastral de UNITNAVE.

Qué se ejecuta y en qué fase está

El acuerdo expropia el suelo del ámbito urbanizable Rayo-Mercadín para que el Ayuntamiento pueda disponer de él y avanzar en su desarrollo. Es una aprobación definitiva, no una fase inicial: llega tras la resolución de las alegaciones presentadas por los titulares afectados al expediente, abierto originalmente en 2019. El anuncio no detalla el proyecto de urbanización ni el calendario de obras del sector; recoge la relación de bienes y derechos expropiados —parcelas, superficies y, cuando consta, edificación existente— como paso previo a fijar el justiprecio de cada finca.

Qué viene ahora

Con la expropiación ya definitiva, el procedimiento sigue su curso habitual: fijación del justiprecio de cada una de las 19 parcelas y, posteriormente, el acta de ocupación. El anuncio no detalla plazos de ejecución del desarrollo urbanístico del ámbito más allá de la propia aprobación de la expropiación. Quien tenga interés en alguna de las parcelas de los barrios de El Rayo, El Mercado o El Mercadín puede verificar su referencia catastral contra la lista publicada en el BOPA nº210 y localizarla en el mapa catastral.

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Fuentes


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Este artículo ha sido elaborado con apoyo de herramientas de inteligencia artificial y revisado y editado por el equipo de UNITNAVE.

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