Almaraz seguirá operando hasta 2030: el BOE oficializa la renovación de la autorización de explotación de sus dos unidades
Ya no es una petición de las eléctricas: la Orden TED/864/2026, publicada hoy en el BOE, renueva la autorización de explotación de Almaraz I y II hasta el 8 de junio de 2030, tras el informe favorable del CSN. Qué dice exactamente la orden, cómo se ha llegado hasta aquí y por qué los más de 2.000 MW de la primera central del calendario de cierre importan tanto al mapa energético — y al suelo industrial — del oeste peninsular.

La prórroga de la central nuclear de Almaraz ya es oficial. El Boletín Oficial del Estado ha publicado hoy, 14 de agosto de 2026, la Orden TED/864/2026, de 12 de agosto, por la que el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico renueva la autorización de explotación de las unidades I y II de Almaraz hasta el 8 de junio de 2030, inclusive. No hablamos ya de la solicitud de las propietarias, ni de declaraciones políticas, ni de protocolos en renegociación: es la autorización en vigor, firmada por el secretario de Estado de Energía y publicada en el BOE.
El dato cambia el mapa: la autorización anterior —la Orden TED/773/2020— fijaba el final de la explotación el 1 de noviembre de 2027 para la Unidad I y el 31 de octubre de 2028 para la Unidad II. Almaraz era la primera central del calendario de cierre nuclear español, y esa condición de "primera de la fila" es la que convierte esta orden en algo más que un trámite: es la primera revisión formal de ese calendario.
La orden, en seis datos
| Concepto | Dato |
|---|---|
| Disposición | Orden TED/864/2026, de 12 de agosto (BOE-A-2026-17756, 14/08/2026) |
| Solicitud de renovación | 30 de octubre de 2025, por Centrales Nucleares Almaraz-Trillo (CNAT) |
| Informe del Consejo de Seguridad Nuclear | Favorable, recibido el 16 de julio de 2026, para todo el periodo solicitado |
| Nuevo límite de explotación | 8 de junio de 2030, inclusive — ambas unidades |
| Límites anteriores (Orden TED/773/2020) | 01/11/2027 (Unidad I) · 31/10/2028 (Unidad II) |
| Potencia térmica autorizada | Hasta 2.947 MWt por unidad |
En la práctica, la Unidad I gana 31 meses de operación y la Unidad II, 19 meses. Y por primera vez las dos unidades comparten fecha de caducidad.
Cómo se ha llegado hasta aquí
La historia administrativa cabe en seis hitos. En marzo de 2019, Enresa y las propietarias de las centrales firmaron el protocolo de cierre ordenado del parque nuclear entre 2027 y 2035 — el marco que después recogió el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima. La Orden TED/773/2020 tradujo ese protocolo en fechas jurídicas para Almaraz: 2027 y 2028, presentadas entonces como las fechas de cese definitivo.
El giro llegó el 30 de octubre de 2025, cuando CNAT —la agrupación que opera la central para sus tres propietarias— solicitó formalmente extender la vida de ambas unidades hasta el 8 de junio de 2030. El 16 de julio de 2026 el Consejo de Seguridad Nuclear emitió su preceptivo informe favorable para todo el periodo pedido, condicionado a que la operación cumpla los límites y condiciones de su anexo. Con el informe del regulador sobre la mesa, la orden ministerial se firmó el 12 de agosto y hoy está en el BOE.
Qué exige la orden a cambio
La renovación no es un cheque en blanco. El anexo de la orden condiciona la operación hasta 2030 a un paquete de obligaciones:
- Revisión Periódica de Seguridad vigente para todo el periodo autorizado.
- Cumplimiento de los programas de mejora de seguridad derivados de las inspecciones y evaluaciones previas.
- Un programa específico de operación a largo plazo, con las inspecciones de referencia que exige operar más allá del horizonte de diseño original.
- Un plan de recursos humanos que garantice las dotaciones de personal cualificado hasta 2030 — no es un detalle menor en una instalación que llevaba años preparándose para cerrar.
- Y la cláusula que fija el final del camino: con al menos un año de antelación al 8 de junio de 2030, el titular deberá justificar la seguridad de las operaciones de cese de explotación previas al desmantelamiento.
Es decir: la orden extiende la operación y, a la vez, mantiene armado el mecanismo del cierre. Lo que ocurra después de 2030 —nueva prórroga o desmantelamiento— volverá a jugarse en un expediente como este.
Por qué Almaraz importa tanto
Almaraz no es una central más. Sus dos reactores de agua a presión —en servicio desde 1981 y 1983, refrigerados por el embalse de Arrocampo, sobre el Tajo— suman más de 2.000 MW y son, juntos, la mayor instalación de generación de Extremadura. Las cifras de 2025 dan la medida: 15.370 GWh de producción bruta, en torno al 7% de toda la demanda eléctrica de España y el 28,5% de lo que produjo el parque nuclear en su conjunto. La propiedad se reparte entre Iberdrola (53%), Endesa (36%) y Naturgy (11%), a través de la agrupación CNAT.
Y está el valor de precedente. El calendario de 2019 ordenaba el cierre del parque de 2027 a 2035, con Almaraz abriendo la secuencia. Con esta orden, la secuencia se mueve por primera vez: el resto de reactores mantiene hoy sus fechas —Ascó I y Cofrentes en 2030, Ascó II en 2032, Vandellós II y Trillo en 2035—, pero el expediente de Almaraz deja escrito el procedimiento por el que cualquiera de ellos puede intentar lo mismo: solicitud del titular, informe del CSN, orden ministerial. El debate sobre el resto del calendario sigue abierto; lo que hoy es un hecho administrativo es que la primera central que debía apagarse funcionará, como mínimo, hasta junio de 2030.
La lectura de UNITNAVE: 2.000 MW firmes en un polo energético en plena ebullición
Como marketplace de naves y suelo industrial, lo que nos interesa de esta orden es su efecto sobre el territorio. El entorno de Almaraz —el corredor del Campo Arañuelo, en el noreste de Cáceres— se ha convertido en uno de los tableros energéticos más activos del país: la fotovoltaica gigante de la zona (Campo Arañuelo, Ceclavín o, más al sur, Francisco Pizarro), el centro de datos que Merlin Properties levanta en Navalmoral de la Mata y una red de transporte cuyo nudo de Almaraz 400 kV articula el oeste peninsular.
Para toda esa demanda y generación en tramitación, esta orden significa que los más de 2.000 MW síncronos de Almaraz siguen en el sistema hasta 2030: estabilidad para la red de la zona, y cuatro años más de convivencia entre la central, las renovables y los nuevos grandes consumidores que compiten por capacidad de acceso. La fecha del 8 de junio de 2030 pasa a ser una referencia dura para cualquier promotor —energético, logístico o industrial— que planifique en el oeste: antes y después de ese día, el mapa eléctrico de Extremadura puede ser muy distinto.
En unitenergia, nuestro mapa energético, hemos actualizado hoy mismo las fichas de Almaraz I y II con la renovación oficial; ahí puede verse la central junto a todo lo que crece a su alrededor — proyectos, potencias, inversiones y estados administrativos con sus fuentes. La capacidad de la red, nudo a nudo, está en unitnodo; y la realidad física y regulatoria de cualquier parcela del entorno, en el mapa catastral y en unitambiental. Como siempre: datos oficiales, con fuente, sin interpretación jurídica.
Transparencia: este análisis se elabora a partir de fuentes oficiales y puede contener errores u omisiones. Si detectas alguno, escríbenos a info@unitnave.com y lo corregimos.
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Fuentes
- Orden TED/864/2026, de 12 de agosto — BOE-A-2026-17756, 14/08/2026
- Orden TED/773/2020, de 23 de julio — BOE-A-2020-9328 (autorización anterior, caducidades 2027/2028)
- Centrales Nucleares Almaraz-Trillo (CNAT) — presentación de la central
- El Periódico de la Energía — radiografía técnica de Almaraz y datos de producción 2025
- MITECO — centrales nucleares en España
- Ortofoto: PNOA © Instituto Geográfico Nacional (servicio WMS)
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Este artículo ha sido elaborado con apoyo de herramientas de inteligencia artificial y revisado y editado por el equipo de UNITNAVE.
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